Boleta electrónica para facturadores ya es obligatoria
Desde el 1 de enero se hizo obligatoria la Boleta Electrónica para quienes son facturadores electrónicos, es decir, quienes ya emitían documentos tributarios.
En esta primera instancia dicho grupo debe implementar la emisión de Boleta Electrónica y en una segunda instancia lo harán quienes no emiten documentos electrónicos, el 1 de marzo.
Además, deben incorporar el desglose del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en los mismos plazos, mostrando el monto separado en las boletas. Todas estas modificaciones se dan en el marco de la Ley de Modernización tributaria que impulsa a la digitalización del espectro tributario del país.
Cada contribuyente tiene la libertad de elegir si utilizará el sistema gratuito del SII o una solución de mercado como SimpleBoleta, que permite emitir documentos de forma ilimitada incluso de manera offline. Sumado a Openfactura como la plataforma más completa para administración y emisión de documentos electrónicos.